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Prescripción Indeminización por lesiones
- JARK
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21 años 7 meses antes #1513
por JARK
Prescripción Indeminización por lesiones Publicado por JARK
Una amiga me pregunta lo siguiente:
Hace dos años, el 07-12-02 su hijo sufrió un atropello por una bicicleta conducida por un menor de 13 años. Le produjo lesiones en una pierna que han tardado en curar y darle el alta médica un año.
Esta persona no denunció al menor, pero ahora se está replanteando denunciar a sus padres con el fin de que le indemnice a su hijo por los daños y perjuicios causados, recordar un año de revisiones médicas.
Pregunta: al descartar la vía penal, quiere ejercitar la vía civil para que sea indemnizado por los daños y perjuicios causados a su hijo tras el atropello, ¿puede todavía ejercer la vía civil o por el contrario, ya ha prescrito al haber transcurrido dos años?
Me gustaria que se mencione normativa aplicable.
Hace dos años, el 07-12-02 su hijo sufrió un atropello por una bicicleta conducida por un menor de 13 años. Le produjo lesiones en una pierna que han tardado en curar y darle el alta médica un año.
Esta persona no denunció al menor, pero ahora se está replanteando denunciar a sus padres con el fin de que le indemnice a su hijo por los daños y perjuicios causados, recordar un año de revisiones médicas.
Pregunta: al descartar la vía penal, quiere ejercitar la vía civil para que sea indemnizado por los daños y perjuicios causados a su hijo tras el atropello, ¿puede todavía ejercer la vía civil o por el contrario, ya ha prescrito al haber transcurrido dos años?
Me gustaria que se mencione normativa aplicable.
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- JARK
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21 años 7 meses antes #1514
por JARK
Respuesta de JARK sobre el tema Prescripción Indeminización por lesiones
Ruego me indequeis los pasos a seguir para garantizar el exito del proceso
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- vpalomar
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21 años 7 meses antes #1516
por vpalomar
Respuesta de vpalomar sobre el tema Prescripción Indeminización por lesiones
Desconozco en tu pais que normativa impera. En España según el Código Civil en vigor, Art. 1968.2º prescriben por el transcurso de un año:
1º.......
2º.- La acción para exigir la responsabilidad civil por...........,y por las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia de que se trata en el artículo 1902, desde que los supo el agraviado.
Remitiendonos al art. 1902, este dice: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
Espero haberte sido de ayuda. Un saludo.
1º.......
2º.- La acción para exigir la responsabilidad civil por...........,y por las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia de que se trata en el artículo 1902, desde que los supo el agraviado.
Remitiendonos al art. 1902, este dice: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
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21 años 7 meses antes #1517
por vpalomar
Respuesta de vpalomar sobre el tema Prescripción Indeminización por lesiones
Siguiendo el mensaje anterior entiendo, que en España ya ha prescrito y no puede ejercitarse dicha vía, ya que no se conseguiría nada.
En tu país si es de dos años, igualmente por haber prescrito, no se conseguiría nada. Un saludo.
En tu país si es de dos años, igualmente por haber prescrito, no se conseguiría nada. Un saludo.
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