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¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDUC?
- naturalcool
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18 años 7 meses antes #3150
por naturalcool
¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDUC? Publicado por naturalcool
Se que el tema está suficientemente debatido y que la última reforma del Codigo Penal establece que se considera delito siempre la tasa superior a 0,60 mg./l. aunque no tenga síntomas evidentes y por lo tanto se instruye atestado.
Pero tengo la siguiente duda: La madrugada del 01-01-08, un conductor con tasa 0,54 mg./l. se empotró contra la valla de una vivienda, solo daños materiales en la misma y vehículo para la chatarra, habiendóse saltado presuntamente un STOP.
Se instruye atestado. El test de sintomatologia especifica olor a alcohol y ojos rojos, los demas aspectos normales.
El Fiscal no aprecia influencia del alcohol en la conducción pese al accidente y sobresee. ¿Tiene razón? ¿Debería haberme pronunciado que vistas las caracteristicas del accidente, necesariamente hubo influencia del alcohol? ¿Existe juriprudencia al respecto?
¿Cuando se puede presumir la influencia del alcohol en la conducción en un caso de accidente al que llegamos una vez producido? ¿Por la observación de muchos sintomas negativos como olor a alcohol, habla pastosa, desequilibrio, etc.? ¿Por marcas dejadas por el vehículo antes del accidente que indiquen maniobras incontroladas? En este caso el conductor podría alegar perdida de control por distracción, al poner la radio, etc.?
Resumiendo: en caso de accidente con o sin heridos ¿Se instruye atestado con alcoholemia inferior a 0,61 mg./l. y sin "muchos sintomas"? En cualquier otro caso como en controles preventivos o ante una infracción de tráfico, se puede apreciar previamente una conducción anormal, negligente, temeraria, con devaneos. etc., aparte de los sintomas. Muchas gracias por vuestra atención.
Vie 04 Ene , 2008 1:14
Pero tengo la siguiente duda: La madrugada del 01-01-08, un conductor con tasa 0,54 mg./l. se empotró contra la valla de una vivienda, solo daños materiales en la misma y vehículo para la chatarra, habiendóse saltado presuntamente un STOP.
Se instruye atestado. El test de sintomatologia especifica olor a alcohol y ojos rojos, los demas aspectos normales.
El Fiscal no aprecia influencia del alcohol en la conducción pese al accidente y sobresee. ¿Tiene razón? ¿Debería haberme pronunciado que vistas las caracteristicas del accidente, necesariamente hubo influencia del alcohol? ¿Existe juriprudencia al respecto?
¿Cuando se puede presumir la influencia del alcohol en la conducción en un caso de accidente al que llegamos una vez producido? ¿Por la observación de muchos sintomas negativos como olor a alcohol, habla pastosa, desequilibrio, etc.? ¿Por marcas dejadas por el vehículo antes del accidente que indiquen maniobras incontroladas? En este caso el conductor podría alegar perdida de control por distracción, al poner la radio, etc.?
Resumiendo: en caso de accidente con o sin heridos ¿Se instruye atestado con alcoholemia inferior a 0,61 mg./l. y sin "muchos sintomas"? En cualquier otro caso como en controles preventivos o ante una infracción de tráfico, se puede apreciar previamente una conducción anormal, negligente, temeraria, con devaneos. etc., aparte de los sintomas. Muchas gracias por vuestra atención.
Vie 04 Ene , 2008 1:14
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- ferreras
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18 años 7 meses antes #3155
por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: ¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDU
Hola,
Con los datos que facilitas debo entender que el fiscal actuó correctamente. Para ser condenado penalmente con menos de 0,60 se debe acreditar la influencia del alcohol en la conducción. La salida de via puede deberse a multiples causas. El olor a alcohol no implica efectos sobre la conducción, puede ser p.e. un problema gástrico. Los ojos rojos pueden deberse a una conjuntivitis producida por cualquier elemento. Por tanto salvo que se aporten más elementos probatorios ha de pevalecer el principio "in dubio pro reo".
Un saludo.
Con los datos que facilitas debo entender que el fiscal actuó correctamente. Para ser condenado penalmente con menos de 0,60 se debe acreditar la influencia del alcohol en la conducción. La salida de via puede deberse a multiples causas. El olor a alcohol no implica efectos sobre la conducción, puede ser p.e. un problema gástrico. Los ojos rojos pueden deberse a una conjuntivitis producida por cualquier elemento. Por tanto salvo que se aporten más elementos probatorios ha de pevalecer el principio "in dubio pro reo".
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- icaroverde
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18 años 7 meses antes #3156
por icaroverde
Respuesta de icaroverde sobre el tema Re: ¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDU
Efectivamente, según Instrucción de Fiscalía 3/2006:
"En supuestos de alcoholemia comprendidos entre 0,8 y 1,2 gramos de alcohol por 1.000 c.c. de sangre, o lo que es lo mismo, entre 0,40 y 0,60 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales acusarán por delito contra la seguridad del tráfico cuando concurran circunstancias tales como la existencia de síntomas de embriaguez en el conductor, la comisión de infracciones reglamentarias que denoten una conducción peligrosa o descuidada o el haber provocado un accidente de circulación."
Saludos.
"En supuestos de alcoholemia comprendidos entre 0,8 y 1,2 gramos de alcohol por 1.000 c.c. de sangre, o lo que es lo mismo, entre 0,40 y 0,60 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales acusarán por delito contra la seguridad del tráfico cuando concurran circunstancias tales como la existencia de síntomas de embriaguez en el conductor, la comisión de infracciones reglamentarias que denoten una conducción peligrosa o descuidada o el haber provocado un accidente de circulación."
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- tarari2002
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18 años 7 meses antes #3159
por tarari2002
Respuesta de tarari2002 sobre el tema Re: ¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDU
Esto dice el compañero Boreal:
El Tes. de sintomatología especifica olor a alcohol y ojos rojos, los demás aspectos normales.
Hola Compañero;
Creo que a tu pregunta, tu mismo te respondes, ya que dice que en el cuadro Sintomatológico, el conductor presentaba olor alcohol y ojos enrojecidos, por lo demás aspecto NORMAL.
Yo entiendo que el Fiscal basándose en el cuadro Sintomatológico que aportasteis, pues como que no era suficiente para mantener la acusación de la pena. Y si además en tu juicio final decidiste de poner que bajo tu criterio LA PERSONA EXAMINADA NO SE ENCUENTRA BAJO LAS INFLUENCIAS DE BEBIDAS ALCHOLICAS, "pues eso que no le des mas vuelta al carro"
El Tes. de sintomatología especifica olor a alcohol y ojos rojos, los demás aspectos normales.
Hola Compañero;
Creo que a tu pregunta, tu mismo te respondes, ya que dice que en el cuadro Sintomatológico, el conductor presentaba olor alcohol y ojos enrojecidos, por lo demás aspecto NORMAL.
Yo entiendo que el Fiscal basándose en el cuadro Sintomatológico que aportasteis, pues como que no era suficiente para mantener la acusación de la pena. Y si además en tu juicio final decidiste de poner que bajo tu criterio LA PERSONA EXAMINADA NO SE ENCUENTRA BAJO LAS INFLUENCIAS DE BEBIDAS ALCHOLICAS, "pues eso que no le des mas vuelta al carro"
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- naturalcool
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18 años 7 meses antes #3160
por naturalcool
Respuesta de naturalcool sobre el tema Re: ¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDU
Muchas gracías syncro_207, tu respuesta es muy esclarecedora. Pero permíteme una última cuestión. En virtud de la Instrucción de Fiscalia 3/2006, ¿Como es que en accidente provocado por el conductor con alcoholemia 0,52, el fiscal no acuse? ¿tiene que concurrir tambien una sintomatología muy manifiesta de embriaguez? Según se expresa en el párrafo este termina con "O el haber provocado un accidente de circulación." Entiendo que con tasa entre 0,40 y 0,60 y con accidente se debe acusar. No deben concurrir todas las tres circunstancias(síntomas, infracción grave y accidente) sino al menos una de ellas. ¿Estas de acuerdo conmigo? Un Saludo
-Efectivamente, según Instrucción de Fiscalía 3/2006:
"En supuestos de alcoholemia comprendidos entre 0,8 y 1,2 gramos de alcohol por 1.000 c.c. de sangre, o lo que es lo mismo, entre 0,40 y 0,60 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales acusarán por delito contra la seguridad del tráfico cuando concurran circunstancias tales como la existencia de síntomas de embriaguez en el conductor, la comisión de infracciones reglamentarias que denoten una conducción peligrosa o descuidada o el haber provocado un accidente de circulación."
Saludos.
-Efectivamente, según Instrucción de Fiscalía 3/2006:
"En supuestos de alcoholemia comprendidos entre 0,8 y 1,2 gramos de alcohol por 1.000 c.c. de sangre, o lo que es lo mismo, entre 0,40 y 0,60 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales acusarán por delito contra la seguridad del tráfico cuando concurran circunstancias tales como la existencia de síntomas de embriaguez en el conductor, la comisión de infracciones reglamentarias que denoten una conducción peligrosa o descuidada o el haber provocado un accidente de circulación."
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- la_coyote
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18 años 7 meses antes #3161
por la_coyote
Respuesta de la_coyote sobre el tema Re: ¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDU
Mi consejo, Boreal.
Limítate a hacer tu trabajo, bien hecho eso si, y despreocúpate de lo que pase después en instacias judiciales.
Te evitarás muchos dolores de estómago.
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