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- ¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDUC?
¿ PROVOCAR ACCID. IMPLICA INFLUENCIA DE ALCOHOL EN CONDUC?
- icaroverde
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Boreal escribió: Muchas gracías syncro_207, tu respuesta es muy esclarecedora. Pero permíteme una última cuestión. En virtud de la Instrucción de Fiscalia 3/2006, ¿Como es que en accidente provocado por el conductor con alcoholemia 0,52, el fiscal no acuse? ¿tiene que concurrir tambien una sintomatología muy manifiesta de embriaguez? Según se expresa en el párrafo este termina con "O el haber provocado un accidente de circulación." Entiendo que con tasa entre 0,40 y 0,60 y con accidente se debe acusar. No deben concurrir todas las tres circunstancias(síntomas, infracción grave y accidente) sino al menos una de ellas. ¿Estas de acuerdo conmigo? Un Saludo
De acuerdo contigo Boreal. Con una de las tres circunstancias es suficiente, aunque tal como dice Aqualung, nuestro trabajo consiste en reflejar los hechos tal y como han sido. De imputar ya se encargan los juzgados.
Saludos.
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- ernesto
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Pero como esto es un foro te doy mi opinio particular, desde el punto de vista de investigación del accidente.
La diferencia de si influye o no está en la misma infracción. En su percepción por parte del conductor. Es un tema arduo porque hay que diferenciar si el conductor sufrió una distracción, porque eso mismo ocurre a conductores que no van bajo la influencia de bebidas alcohólicas, o el conductor se situa en tal posición que el alcohol, reduce su capacidad de cognición.
Esta claro que desde un punto de vista práctico, puede resultar IMPOSIBLE determinar si influye o no, y quizá el Fiscal hizo bien en no acusar.
El problema yo lo veo desde un punto de vista TEORICO, porque si ES POSIBLE, y IMPROBABLE de demostrar.
En la práctica no existe duda sobre como trabajar, se recoge lo sucedido y si posees realmente dudas imputas. Un saludo
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- jjpa
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Con el tema de la alcoholemia, ¿Hay diligencia de Informe sobre como se produce el accidente y las posibles causas?.
Si la hay y no se hace referencia a la alcoholemia como causa probable que influya en el desarrollo del accidente el fiscal entiende que no es la causa del accidente. Caso contrario es que haya informe achacando el accidente o su desarrollo a la presencia de la alcoholemia, en cuyo caso no entiendo por que no acusa.
Si no la hay el fiscal con el simple olor a alcohol y los ojos rojos pues como que no se complica la vida.
Un saludo.
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- franciscocurico
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