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TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
- diaz
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17 años 10 meses antes #4028
por diaz
TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES. Publicado por diaz
Me gustaria plantear una cuestión sobre las tomas de declaración en accidentes.
Un accidente: Un turismo que va circulando por una calle de un sentido, a su derecha, hay una plaza de estacionamiento libre. La conductora la ve, frena y tira marcha atrás para poder aparcar.
En esos mismos momentos, un peaton (persona muy mayor) que esta en la acera y una vez el turismo lo ha rebasado, comienza a cruzar la calle, de derecha a izquierda según el sentido de circulación del turismo.
La conductora del turismo no se percata del peatón y lo golpeá, tirandolo al suelo.
El peatón se hace una pequeña herida sangrante en la parte de atrás de la cabeza.
Es evacuado al hospital.
A la conductora se le toma declaración y reconoce esos hechos.
Posteriormente y una vez en el hospital, el peatón empeora y a causa de una hemorragia fallece.
La primera declaración que se le toma a la conductora es muy simple y solo recoge su versión, sin habersele efectuado preguntas como, si había observado al anciano en la acera o cruzando.
¿Es posible volver a citarla para aclarar algunos terminos?. Hay que cumplir con algún requisito legal como abogado, etc.
Gracias anticipadas.
Un accidente: Un turismo que va circulando por una calle de un sentido, a su derecha, hay una plaza de estacionamiento libre. La conductora la ve, frena y tira marcha atrás para poder aparcar.
En esos mismos momentos, un peaton (persona muy mayor) que esta en la acera y una vez el turismo lo ha rebasado, comienza a cruzar la calle, de derecha a izquierda según el sentido de circulación del turismo.
La conductora del turismo no se percata del peatón y lo golpeá, tirandolo al suelo.
El peatón se hace una pequeña herida sangrante en la parte de atrás de la cabeza.
Es evacuado al hospital.
A la conductora se le toma declaración y reconoce esos hechos.
Posteriormente y una vez en el hospital, el peatón empeora y a causa de una hemorragia fallece.
La primera declaración que se le toma a la conductora es muy simple y solo recoge su versión, sin habersele efectuado preguntas como, si había observado al anciano en la acera o cruzando.
¿Es posible volver a citarla para aclarar algunos terminos?. Hay que cumplir con algún requisito legal como abogado, etc.
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- codicilos
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17 años 10 meses antes #4029
por codicilos
Respuesta de codicilos sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
MSK,
Aquí el tema esta calidad de qué le tomas la declaración.
Al haber fallecido el peatón, podemos estar en varias situaciones:
1.- El peatón falleció debido a una imprudencia leve de la conductora. En estos casos estaríamos ante una falta penal que, además, hace falta la denuncia de los perjudicados (esposa, hijos, etc.). Si en este caso no hay denuncia previa de los familiares, podremos o no ampliar la declaración de la conductora para tramitar diligencias informativas al juzgado. En cualesquiera de los casos no será necesaria la asistencia de abogado, aunque siempre se le tendrá que informar que tiene derecho a que esté presente en su declaración y que también puede rehusar a él.
2.- El peatón fallece debido a una imprudencia grave de la conductora. Aquí estaríamos ante un delito de homicidio imprudente ocasionado con vehículo a motor. En estos casos, la asistencia letrada deviene obligada aunque no esté detenida. No hay inconveniente a que se le tome una nueva declaración si creemos que la primera ha sido incompleta o porque han surgido una serie de pruebas o indicios que lo hagan necesario, pero siempre con asistencia letrada.
Espero haberte ayudado en algo.
Un saludo
Aquí el tema esta calidad de qué le tomas la declaración.
Al haber fallecido el peatón, podemos estar en varias situaciones:
1.- El peatón falleció debido a una imprudencia leve de la conductora. En estos casos estaríamos ante una falta penal que, además, hace falta la denuncia de los perjudicados (esposa, hijos, etc.). Si en este caso no hay denuncia previa de los familiares, podremos o no ampliar la declaración de la conductora para tramitar diligencias informativas al juzgado. En cualesquiera de los casos no será necesaria la asistencia de abogado, aunque siempre se le tendrá que informar que tiene derecho a que esté presente en su declaración y que también puede rehusar a él.
2.- El peatón fallece debido a una imprudencia grave de la conductora. Aquí estaríamos ante un delito de homicidio imprudente ocasionado con vehículo a motor. En estos casos, la asistencia letrada deviene obligada aunque no esté detenida. No hay inconveniente a que se le tome una nueva declaración si creemos que la primera ha sido incompleta o porque han surgido una serie de pruebas o indicios que lo hagan necesario, pero siempre con asistencia letrada.
Espero haberte ayudado en algo.
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- coav
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17 años 10 meses antes #4031
por coav
Respuesta de coav sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
Creo que no debería de existir ningún problema en que la conductora, vuelva a manifestara a requerimiento del Agente sobre el accidente, si la unidad instructora lo estima conveniente.
Cuando se tiene que realizar un informe o ampliación de diligencias sobre unos hechos ocurridos con anterioridad, se vuelve a citar para manifestar a las personas implicadas que se estime, y éstas deben de colaborar con los Agentes.
Un saludo
Cuando se tiene que realizar un informe o ampliación de diligencias sobre unos hechos ocurridos con anterioridad, se vuelve a citar para manifestar a las personas implicadas que se estime, y éstas deben de colaborar con los Agentes.
Un saludo
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- Alfredo
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17 años 10 meses antes #4037
por Alfredo
Respuesta de Alfredo sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
No hay ningún problema.
No hace nin cinco día que he finalizado un IT y durante la confección del mismo he citado a los conductores usuarios y testigos (que los hay) por lo menos tres veces en un mes. Durante la confección del informe, me han ido surgiendo preguntas y diversas circunstancias que han tenido que corroborar los participantes en el accidente, para lo cual les he tomado una nueva declaración que he enviado al juzgado correspondiente como ampliatoria
No hace nin cinco día que he finalizado un IT y durante la confección del mismo he citado a los conductores usuarios y testigos (que los hay) por lo menos tres veces en un mes. Durante la confección del informe, me han ido surgiendo preguntas y diversas circunstancias que han tenido que corroborar los participantes en el accidente, para lo cual les he tomado una nueva declaración que he enviado al juzgado correspondiente como ampliatoria
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- diaz
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17 años 10 meses antes #4043
por diaz
Respuesta de diaz sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
Gracias por las respuestas.
Lo que quiero entender me decis es que si nosotros no le imputamos nada podemos tomarle declaración, pero si le imputaramos un presunto delito, tendríamos que tomarle declaración con abogado, es asi?
Lo que quiero entender me decis es que si nosotros no le imputamos nada podemos tomarle declaración, pero si le imputaramos un presunto delito, tendríamos que tomarle declaración con abogado, es asi?
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- codicilos
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17 años 10 meses antes #4044
por codicilos
Respuesta de codicilos sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
En efecto. Se le puede tomar declaración más veces si creemos que servirá para aclarar el asunto. Sólo tener la cautela de que las diligencias no hayan sido enviadas al juzgado, porque si no podemos entrar en injeréncias con el juez, ya que es posible que éste tenga presente citar a la persona para declarar con su propia batería de preguntas. En estos casos no intervendría, salvo que encontrásemos nuevos datos de primerísima mano que pudiesen cambiar o complementar el testimonio, pero incluso aquí es mejor contactar con el juez por si considera conveniente que sea la policia la que le tome una nueva declaración. Pero, repito, sólo en los casos en que el atestado está en sede judicial.
Por otro lado, proceda o no abogado legalmente, se deberá informar al testimonio del derecho que tiene a que esté presente un letrado.
Por otro lado, proceda o no abogado legalmente, se deberá informar al testimonio del derecho que tiene a que esté presente un letrado.
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