- Foros
- General
- Punto de Encuentro (Investigación y Reconstrucción)
- TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
- serurbano
- Fuera de línea
- Usuario
-
Menos
Más
- Mensajes: 11
- Gracias recibidas: 0
17 años 9 meses antes #4058
por serurbano
Respuesta de serurbano sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
compañero si quieres ser mas preciso, preguntale mas detalles del accidente de modo que sea cronologico, es decir, desde el principio al final, debido a que existe un muerto.
haz constar en la diligencia de identificacion de la conductora que ademas de transcibir la 1º declaracion, es necesaria otra toma de manifestacion para el esclarecimiento del "accidente por atropello" e investigacion del accidente.
ademas metete en el reglamento gen. circulacion y mira en maniobras de marcha atras, para clararte mas con respecto a la toma de manifestacion, sobretodo para dejar claro que no se trata de un homicidio imprudente, sino de un accidente de trafico., espero que resulte util.
haz constar en la diligencia de identificacion de la conductora que ademas de transcibir la 1º declaracion, es necesaria otra toma de manifestacion para el esclarecimiento del "accidente por atropello" e investigacion del accidente.
ademas metete en el reglamento gen. circulacion y mira en maniobras de marcha atras, para clararte mas con respecto a la toma de manifestacion, sobretodo para dejar claro que no se trata de un homicidio imprudente, sino de un accidente de trafico., espero que resulte util.
Por favor, Identificarse para unirse a la conversación.
- codicilos
- Fuera de línea
- Usuario
-
Menos
Más
- Mensajes: 96
- Gracias recibidas: 0
17 años 9 meses antes #4059
por codicilos
Respuesta de codicilos sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
Desde el máximo respeto hacia el foro, me gustaría matizar lo dicho por el compañero Noilo en referencia a "accidente de circulación" y a "homicidio imprudente". Decir que estamos ante un accidente de circulación es totalmente correcto al darse las notas necesarias para que así sea, según definición de accidente del anexo I de la Orden de 1993. Pero ello no excluye que, por el resultado, estemos también ante un homicidio imprudente comedido por vehículo a motor, según establece el art. 142.2 del CP.
Por tanto, creo que es pacífico mantener ambos aspectos presentes y tratarlos de forma integrada. Necesariamente tendremos que aplicar el código penal para determinar en qué tipo se subsume la conducta del condutor respecto a la muerte del peatón.
Un cordial saludo.
Por tanto, creo que es pacífico mantener ambos aspectos presentes y tratarlos de forma integrada. Necesariamente tendremos que aplicar el código penal para determinar en qué tipo se subsume la conducta del condutor respecto a la muerte del peatón.
Un cordial saludo.
Por favor, Identificarse para unirse a la conversación.
- monta
- Fuera de línea
- Usuario
-
Menos
Más
- Mensajes: 310
- Gracias recibidas: 0
17 años 9 meses antes #4061
por monta
Respuesta de monta sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
Saludos.
Yo creo que la clave es si tu toma de declaración es para imputar o no cualquier ilícito penal, ya que si citas a una persona a declarar implicada en un accidente de tráfico no es necesario la presencia de letrado.
La Lecrim señala la obligación de presencia de letrado ante detenidos en su toma de declaración y ante cualquier imputado o procesado que deberá ser asistido por abogado en sus manifestaciones, por lo tanto, si tienes conocimiento tras producirse un accidente de tráfico de "algo más" que pueda imputar un delito o falta penal a una persona, yo creo que lo correcto es citarlo a ampliar declaración acompañado de abogado. Es incompatible con nuestro Estado de Derecho citar a una persona como testigo, o implicado en un accidente de tráfico y por otro lado tener ya indicios de un ilícito penal para imputarselo.
Y tampoco cuesta tanto tomar declaración con un letrado y te cubres de posibles ilegalidades. Es mi opinión personal.
Yo creo que la clave es si tu toma de declaración es para imputar o no cualquier ilícito penal, ya que si citas a una persona a declarar implicada en un accidente de tráfico no es necesario la presencia de letrado.
La Lecrim señala la obligación de presencia de letrado ante detenidos en su toma de declaración y ante cualquier imputado o procesado que deberá ser asistido por abogado en sus manifestaciones, por lo tanto, si tienes conocimiento tras producirse un accidente de tráfico de "algo más" que pueda imputar un delito o falta penal a una persona, yo creo que lo correcto es citarlo a ampliar declaración acompañado de abogado. Es incompatible con nuestro Estado de Derecho citar a una persona como testigo, o implicado en un accidente de tráfico y por otro lado tener ya indicios de un ilícito penal para imputarselo.
Y tampoco cuesta tanto tomar declaración con un letrado y te cubres de posibles ilegalidades. Es mi opinión personal.
Por favor, Identificarse para unirse a la conversación.
- diaz
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Usuario
-
Menos
Más
- Mensajes: 13
- Gracias recibidas: 0
17 años 9 meses antes #4062
por diaz
Respuesta de diaz sobre el tema Re: TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
La verdad es que comparto tu opinión MAXTOR, creo que en el momento en que se puede imputar a una persona es necesaria la presencia de un letrado, en este sentido, creo que si tomando una declaración, en el transcurso de la misma, tuvieramos indicios de que esa persona ha cometido un delito, deberiamos parar de tomar la declaración, e informarle de sus derechos.
Por favor, Identificarse para unirse a la conversación.
- Foros
- General
- Punto de Encuentro (Investigación y Reconstrucción)
- TOMAS DE DECLARACION EN ACCIDENTES.
Tiempo de carga de la página: 0.171 segundos