visibilidad en cruce

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16 años 9 meses antes #4996 por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: visibilidad en cruce
Hola compañero,

Lo que te sucede en este punto es bastante habitual por desgracia. En cuanto a la señal de STOP está regulada en el artículo 151 del RG de circulación "R-2. Detención obligatoria o stop. Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.

Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía. " por tanto legalment no lo ha hecho correctamente. (aunque moralmente no podamos exigirle otra cosa).

Piensa en otros elementos auxiliares como espejos, limitadores de velocidad, etc. que puedan atenuar los problemas del cruce.

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16 años 9 meses antes #4997 por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: visibilidad en cruce
Hola compañero,

Lo que te sucede en este punto es bastante habitual por desgracia. En cuanto a la señal de STOP está regulada en el artículo 151 del RG de circulación "R-2. Detención obligatoria o stop. Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.

Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía. " por tanto legalment no lo ha hecho correctamente. (aunque moralmente no podamos exigirle otra cosa).

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16 años 9 meses antes #4998 por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: visibilidad en cruce
Hola compañero,

Lo que te sucede en este punto es bastante habitual por desgracia. En cuanto a la señal de STOP está regulada en el artículo 151 del RG de circulación "R-2. Detención obligatoria o stop. Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.

Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía. " por tanto legalment no lo ha hecho correctamente. (aunque moralmente no podamos exigirle otra cosa).

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16 años 9 meses antes #4999 por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: visibilidad en cruce
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Lo que te sucede en este punto es bastante habitual por desgracia. En cuanto a la señal de STOP está regulada en el artículo 151 del RG de circulación "R-2. Detención obligatoria o stop. Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.

Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía. " por tanto legalment no lo ha hecho correctamente. (aunque moralmente no podamos exigirle otra cosa).

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16 años 9 meses antes #5000 por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: visibilidad en cruce
Hola compañero,

Lo que te sucede en este punto es bastante habitual por desgracia. En cuanto a la señal de STOP está regulada en el artículo 151 del RG de circulación "R-2. Detención obligatoria o stop. Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.

Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía. " por tanto legalment no lo ha hecho correctamente. (aunque moralmente no podamos exigirle otra cosa).

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16 años 9 meses antes #5001 por ferreras
Respuesta de ferreras sobre el tema Re: visibilidad en cruce
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