Chapuza de reforma del código Penal

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18 años 8 meses antes #3038 por delson
Respuesta de delson sobre el tema Re: Chapuza de reforma del código Penal
yo por si acaso lo dejaria debido a que imagina que la negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica y/o drogas no prosperase en la vía penal, entonces nos quedaría la vía administrativa (RGC)......que cosas mas raras he visto.

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18 años 8 meses antes #3046 por nico
Respuesta de nico sobre el tema Re: Chapuza de reforma del código Penal
Estoy totalmente de acuerdo que se trata de una auténtica CHAPUZA, ejemplo de hoy mismo:

La pasada noche un ciudadano inmigrante de Bolivia fue detenido por una patrulla de la Policía Local tras ser perseguido por el centro de la ciudad donde realizaba una conducción temeraria (llegando a circular por un tunel con muy escasa visibilidad por el carril destinado al sentido contrario obligando al resto de conductores a esquivarlo para evitar la colisión), como decía, tras lograr detener el vehículo lo someten a las pruebas de alcoholemia y arroja unas tasas superiores al 0.80, (según el nuevo Codigo Penal, un delito grave (je, je)). Se realiza el correspondiente atestado y el resultado es que carece de permiso de conducir por no haberlo obtenido núnca, seguro no lo tiene contratado por que como no tiene permiso de conducir no se lo hace ninguna compañía, etc... en fín, atestado, y juicio rápido. En la noche de hoy se ha personado en dependencias policiales para retirar su vehículo del depósito municipal y al preguntarle por la sentencia impuesta cual es nuestra sorpresa y es que el juez por la "integración" le ha impuesto una pena de dos años sin poderse sacar el carné de conducir (es decir, otros dos años conduciendo sin el) y 0 €, si si, CERO EUROS DE SANCION ECONOMICA. Esto se llama endurecer las penas para evitar accidentes.

Esto es lo que hay.

Saludos a todos que a mi se me han quitado las ganas de trabajar

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18 años 14 horas antes #3731 por coav
Respuesta de coav sobre el tema Re: Chapuza de reforma del código Penal
Solo un apunte, en los casos de accidente + alcoholemia, hay que tener en cuenta si se puede aplicar la conducción temeraria, volviendo a tener en cuenta que el mero hecho de llevar un pasajero ya es considerado conducción temeraria. Estariamos ante dos delitos.

Un saludo

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