accidente merida, velocidad
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16 años 4 meses antes #5375
por monta
Respuesta de monta sobre el tema Re: accidente merida, velocidad
Saludos cordiales.
En primer lugar por la dinámica de movimiento del peatón tras sufrir el accidente parece claro que es un atropello con "volteo por el techo". En estos casos es habitual que el peatón tenga su centro de gravedad elevado respecto a la zona de impacto del turismo y es lanzado al aire, entonces se dirige hacia el capó y puede que a veces sin tocarlo, contactando o no con el parabrisas, el techo y la parte posterior del turismo quedando por detrás del vehículo. Esta situación suele indicar que el vehículo no ha frenado o su deceleración es casi inapreciable durante la secuencia de contacto o incluso esté acelerando, por lo tanto puedes determinar con precisión que el punto de atropello se puede encontrar antes de las huellas de frenada, dado que como todos sabemos hasta que estas aparecen pueden pasar entre 1 y 4 metros y por la gran velocidad que portaba el turismo se puede alargar las huellas de frenada para los cálculos entre 3 y 4 metros.
Son trayectorias no propias de vehículos con frontales verticales y altos, tipos 4 x 4, o furgonetas, autobuses, etc, sino más bien propias de frontales bajos, y según la mayoría de los estudios las velocidades a las que aparecen son de media 60 km / h.
Hay estudios que marcan una velocidad media de 80 km / h, si se aprecian daños o contacto de la zona pélvica del peatón con el techo del vehículo y si se aprecia deformación del techo en el caso de que el vehículo no frene durante el atropello.
Dada tu dinámica accidental yo me decantaría por un cálculo de velocidad basado en las huellas de frenada dado que por la cinemática del peatón el atropello debió producirse antes de "pintarse" las mismas en la calzada o instantes después de producirse la frenada.
Yo en tu caso plantearía todos los cálculos posibles, esto es, por frenada y por proyección del peatón. En el caso de proyección del peatón al Juez le hago un estudio combinado con varios modelos no sólo pongo una única fórmula, esto es, le planteo un modelo teórico puro del movimiento parabólico, la fórmula de John Searle, y elijo luego una formulación empírica (Appel, Happer, Sturtz, Evans y Smith, Han y Brach o Wood).
Respecto a la distancia del turismo recorrida tras la huella de frenada podrías también plantear varias posibilidades que la misma fuera de frenada efectiva con similar coeficiente de adherencia al primer tramo con frenada, o que fuera una deceleración por su par - motor o por rodadura libre donde únicamente decelere al turismo el contacto de rodadura libre de la rueda sin deceleración alguna por parte de su conductor.
Respecto a tu último comentario, creo que con la dinámica accidental ( la hostia ha tenido que ser tremenda al peatón), en tramo de velocidad limitada a 50 km / h, ya tienes como poco un concurso entre conducción temeraria - por no calificarla de homicida - y un homicidio imprudente.
Homicidio doloso puro y duro no cabe si bien, sí que es verdad que hay algunos fiscales que poco a poco cambian su mentalidad y van imputando en casos similares por homicidio por dolo eventual, esto es, el conductor asume con su conducta un riesgo tan elevado, una probabilidad casi rayana en la certeza de que se pueda producir un riesgo fatal o dañoso para la vida e integridad física de las personas, no es concebible que alguien en casos similares al tuyo, o en conducciones temerarias en cascos antiguos o paseos peatonales con gran aglomeración de gente, o en carreras y piques deportivos en casco urbano, pueda luego manifestar que no era consciente del riesgo que generó su conducción y ya va existiendo alguna jurisprudencia menor de AP que van condenando por homicidios por dolo eventual.
En primer lugar por la dinámica de movimiento del peatón tras sufrir el accidente parece claro que es un atropello con "volteo por el techo". En estos casos es habitual que el peatón tenga su centro de gravedad elevado respecto a la zona de impacto del turismo y es lanzado al aire, entonces se dirige hacia el capó y puede que a veces sin tocarlo, contactando o no con el parabrisas, el techo y la parte posterior del turismo quedando por detrás del vehículo. Esta situación suele indicar que el vehículo no ha frenado o su deceleración es casi inapreciable durante la secuencia de contacto o incluso esté acelerando, por lo tanto puedes determinar con precisión que el punto de atropello se puede encontrar antes de las huellas de frenada, dado que como todos sabemos hasta que estas aparecen pueden pasar entre 1 y 4 metros y por la gran velocidad que portaba el turismo se puede alargar las huellas de frenada para los cálculos entre 3 y 4 metros.
Son trayectorias no propias de vehículos con frontales verticales y altos, tipos 4 x 4, o furgonetas, autobuses, etc, sino más bien propias de frontales bajos, y según la mayoría de los estudios las velocidades a las que aparecen son de media 60 km / h.
Hay estudios que marcan una velocidad media de 80 km / h, si se aprecian daños o contacto de la zona pélvica del peatón con el techo del vehículo y si se aprecia deformación del techo en el caso de que el vehículo no frene durante el atropello.
Dada tu dinámica accidental yo me decantaría por un cálculo de velocidad basado en las huellas de frenada dado que por la cinemática del peatón el atropello debió producirse antes de "pintarse" las mismas en la calzada o instantes después de producirse la frenada.
Yo en tu caso plantearía todos los cálculos posibles, esto es, por frenada y por proyección del peatón. En el caso de proyección del peatón al Juez le hago un estudio combinado con varios modelos no sólo pongo una única fórmula, esto es, le planteo un modelo teórico puro del movimiento parabólico, la fórmula de John Searle, y elijo luego una formulación empírica (Appel, Happer, Sturtz, Evans y Smith, Han y Brach o Wood).
Respecto a la distancia del turismo recorrida tras la huella de frenada podrías también plantear varias posibilidades que la misma fuera de frenada efectiva con similar coeficiente de adherencia al primer tramo con frenada, o que fuera una deceleración por su par - motor o por rodadura libre donde únicamente decelere al turismo el contacto de rodadura libre de la rueda sin deceleración alguna por parte de su conductor.
Respecto a tu último comentario, creo que con la dinámica accidental ( la hostia ha tenido que ser tremenda al peatón), en tramo de velocidad limitada a 50 km / h, ya tienes como poco un concurso entre conducción temeraria - por no calificarla de homicida - y un homicidio imprudente.
Homicidio doloso puro y duro no cabe si bien, sí que es verdad que hay algunos fiscales que poco a poco cambian su mentalidad y van imputando en casos similares por homicidio por dolo eventual, esto es, el conductor asume con su conducta un riesgo tan elevado, una probabilidad casi rayana en la certeza de que se pueda producir un riesgo fatal o dañoso para la vida e integridad física de las personas, no es concebible que alguien en casos similares al tuyo, o en conducciones temerarias en cascos antiguos o paseos peatonales con gran aglomeración de gente, o en carreras y piques deportivos en casco urbano, pueda luego manifestar que no era consciente del riesgo que generó su conducción y ya va existiendo alguna jurisprudencia menor de AP que van condenando por homicidios por dolo eventual.
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- zazu
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16 años 4 meses antes #5376
por zazu
Respuesta de zazu sobre el tema Re: accidente merida, velocidad
O334 escribió: marcosupr, PODRí
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- Luis-Lopez
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16 años 4 meses antes #5377
por Luis-Lopez
Respuesta de Luis-Lopez sobre el tema Re: accidente merida, velocidad
A veces las circunstancias que rodean al siniestro nos pueden ayudar a decir que modelo fisico-matematico es mas conveniente a la hora de resolver nuestro asunto: De las imagenes e informacion que daba la television se desprende, no se si correctamente, que este "hdep" estaba haciendo una carrera con un turismo amarillo, por una avenida urbana, el peaton sale de la separacion y lo atropella y lo voltea por encima del mercedes, acto seguido este se para, se monta el conductor en el turismo amarillo, se pira y una mujer (que "paya" no parecia), se inculpa del accidente, deteniendola/imputandola posteriormente por simulacion de delito. Bueno, vistas las trazas de esta "gente" es bastante probable que la huella de 71 metros sea atribuible a una frenada de emergencia y la gran distancia hasta la total detención, sea una continuación voluntaria del conductor, hasta que deciden como se van a comer ese "marron"
Quiero decir, que si lo hiciese yo, usaria los 71 metros de huella de "frenada", los 1-4 metros de calentamiento de los neumaticos (segun como sea esa huella, por lo del ABS), un rango de coeficiente de rozamiento (ej 0.55-0.7)+ la pendiente, unido finalmente a la velocidad y espacio recorrido durante el tiempo de respuesta del sistema de frenado, de seguro que el resultado final dobla la limitacion de 50 km/h. lo que unido a la carrerita, podia dar paso a actuar por homicidio imprudente.
Eso si, al Juez le justificaria que la distancia entre el fin de la huella y la posición final, no se tiene en cuenta porque en realidad no se puede saber que estaba haciendo el vehiculo, decelerando en rodadura libre, acelerando y luego frenando voluntariamente, etc..
Un saludo
Quiero decir, que si lo hiciese yo, usaria los 71 metros de huella de "frenada", los 1-4 metros de calentamiento de los neumaticos (segun como sea esa huella, por lo del ABS), un rango de coeficiente de rozamiento (ej 0.55-0.7)+ la pendiente, unido finalmente a la velocidad y espacio recorrido durante el tiempo de respuesta del sistema de frenado, de seguro que el resultado final dobla la limitacion de 50 km/h. lo que unido a la carrerita, podia dar paso a actuar por homicidio imprudente.
Eso si, al Juez le justificaria que la distancia entre el fin de la huella y la posición final, no se tiene en cuenta porque en realidad no se puede saber que estaba haciendo el vehiculo, decelerando en rodadura libre, acelerando y luego frenando voluntariamente, etc..
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