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Determinar falta de atencion del conductor
- rafaelmesamendoza
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19 años 8 meses antes #2548
por rafaelmesamendoza
Respuesta de rafaelmesamendoza sobre el tema Re: Determinar falta de atencion del conductor
No salieron las formulas en el envio.
Notas Aclaratorias compañero SID.
Te comento que este tipo de calculo lo tenemos reglamentado por guia de conclusiones y manual operativo, y no nos dejan aplicar cuestiones como la velocidad de vehiculo por distancia de proyección del peatón,
Por ejemplo si tenemos un caso en donde no exista huella de frenado , los supervisores nos ordenan utilizar la velocidad declarada por conductor ( yo en lo particular no estoy de acuerdo) por que nos han tocado casos en donde el vehiculo va a mayor velocidad y declara que circula a una menor (asesorado legalmente) y eso se puede verificar por otros métodos y cálculos (que no nos dejan utilizar),aunque de todos modos con esos datos en los cálculos sale responsable el conductor.
Refieren los supervisores que por que dichos cálculos no han sido autorizados en los manuales de procedimientos no los podemos utilizar.(apenas en estas fechas están actualizándolos), y que el aplicarlos estaría fuera de normatividad establecida.
Asi se trabaja en México, Otra cuestión es que en platicas con otros compañeros de España, algunos refieren que en los pasos de cebra el responsable de atropello es el conductor y si el peaton realiza el cruzamiento fuera de esos pasos de cebra es responsable el peatón, así como ese caso he visto en tu país que concluyen de forma diferente a mi país, en otro correo te mando la guía de conclusiones a que me refiero.
Si consideraramos la velocidad del vehiculo por distancia de proyección del peatón solo lo sumariamos a la encontrada por huella de frenado.(a nosotros no nos dejan usarlo), así que estaríamos hablando de una velocidad mínima de circulación la que calculamos nosotros, y además no aplicamos los PPP y PPR, como puedes ver en el ejemplo que te mando y el método para calcular la velocidad por huella de frenado es diferente, habría además que verificar si el coeficiente de fricción del tractor es de 0.6 de acuerdo al tipo de pavimento (se podría realizar una prueba experimental en el lugar con el tractor).
Así que si el atropello hubiera sido en México seria responsable el tractorista, y en relación a que si el tractor contaba con luz verde seria corresponsabilidad de culpa con el peatón que cruzara de forma indebida pero tendría que ser comprobada con la declaración del conductor y del peatón, si son diferentes dejaríamos que el juzgador analizara la veracidad de las declaraciones y testimoniales.
PD. Veo que has subido mas información en relación a que el peatón se detiene y se voltea para contestarle a otra persona, ahí tendrías que adicionar un tiempo en segundos de permanencia del peatón dentro del arroyo de circulación aparte del tiempo que recorre en la distancia de cruzamiento, (lo puedes cronometrar el tiempo minino seria 0.5 seg), lo que le da mas campo visual al tractorista de detener su marcha.)
Notas Aclaratorias compañero SID.
Te comento que este tipo de calculo lo tenemos reglamentado por guia de conclusiones y manual operativo, y no nos dejan aplicar cuestiones como la velocidad de vehiculo por distancia de proyección del peatón,
Por ejemplo si tenemos un caso en donde no exista huella de frenado , los supervisores nos ordenan utilizar la velocidad declarada por conductor ( yo en lo particular no estoy de acuerdo) por que nos han tocado casos en donde el vehiculo va a mayor velocidad y declara que circula a una menor (asesorado legalmente) y eso se puede verificar por otros métodos y cálculos (que no nos dejan utilizar),aunque de todos modos con esos datos en los cálculos sale responsable el conductor.
Refieren los supervisores que por que dichos cálculos no han sido autorizados en los manuales de procedimientos no los podemos utilizar.(apenas en estas fechas están actualizándolos), y que el aplicarlos estaría fuera de normatividad establecida.
Asi se trabaja en México, Otra cuestión es que en platicas con otros compañeros de España, algunos refieren que en los pasos de cebra el responsable de atropello es el conductor y si el peaton realiza el cruzamiento fuera de esos pasos de cebra es responsable el peatón, así como ese caso he visto en tu país que concluyen de forma diferente a mi país, en otro correo te mando la guía de conclusiones a que me refiero.
Si consideraramos la velocidad del vehiculo por distancia de proyección del peatón solo lo sumariamos a la encontrada por huella de frenado.(a nosotros no nos dejan usarlo), así que estaríamos hablando de una velocidad mínima de circulación la que calculamos nosotros, y además no aplicamos los PPP y PPR, como puedes ver en el ejemplo que te mando y el método para calcular la velocidad por huella de frenado es diferente, habría además que verificar si el coeficiente de fricción del tractor es de 0.6 de acuerdo al tipo de pavimento (se podría realizar una prueba experimental en el lugar con el tractor).
Así que si el atropello hubiera sido en México seria responsable el tractorista, y en relación a que si el tractor contaba con luz verde seria corresponsabilidad de culpa con el peatón que cruzara de forma indebida pero tendría que ser comprobada con la declaración del conductor y del peatón, si son diferentes dejaríamos que el juzgador analizara la veracidad de las declaraciones y testimoniales.
PD. Veo que has subido mas información en relación a que el peatón se detiene y se voltea para contestarle a otra persona, ahí tendrías que adicionar un tiempo en segundos de permanencia del peatón dentro del arroyo de circulación aparte del tiempo que recorre en la distancia de cruzamiento, (lo puedes cronometrar el tiempo minino seria 0.5 seg), lo que le da mas campo visual al tractorista de detener su marcha.)
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- sid
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19 años 8 meses antes #2551
por sid
Saludos amigo Mikwan
Con gran satisfacción he recibido tu informe. .... Mira que he tenido unos profesores cojonudos en el Curso de Atestados..... que he dispuesto de unos manuales exprofeso....... ejemplos y mas ejemplos. Pues bien, ..... es tan simple tu exposición, tan sencilla y fácil de entender que sería digno de figurar como una practica mas en dicho curso.
Públicamente quiero agradeceros, a ti y a Luis-Lopez, el altruismo y el tiempo que dedicáis en ayudar a los que comenzamos.
Lo dicho un abrazo y muchísimas gracias. Seguiré aprendiendo de vosotros aquí en esta web.
Respuesta de sid sobre el tema Re: Determinar falta de atencion del conductor
Con gran satisfacción he recibido tu informe. .... Mira que he tenido unos profesores cojonudos en el Curso de Atestados..... que he dispuesto de unos manuales exprofeso....... ejemplos y mas ejemplos. Pues bien, ..... es tan simple tu exposición, tan sencilla y fácil de entender que sería digno de figurar como una practica mas en dicho curso.
Públicamente quiero agradeceros, a ti y a Luis-Lopez, el altruismo y el tiempo que dedicáis en ayudar a los que comenzamos.
Lo dicho un abrazo y muchísimas gracias. Seguiré aprendiendo de vosotros aquí en esta web.
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