modificacion codigo penal y tasas
- tarari2002
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Introducir las tres letras que piden, darle a descargar y esperar 45 segundos, luego ya se puede descargar el archivo.
Muchas fiscalias deberían de tomar nota de lo bien que se pronuncia esta y no de quedarnos con los huev"¦"¦. en el aire a expensas de una mala instrucción
www.megaupload.com/es/?d=QA094Q9P
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- aboperi
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comprobación previa con los etilómetros digitales.
Los resultados de las dos pruebas con los etilómetros evidenciales junto con los comprobantes de los resultados o tiques, los datos de identificación del aparato empleado y su certificado de verificación oficial han de recogerse en el atestado que se elabore.
Y decir también que el etilómetro digital no cumple los requisitos fijados en
las normas por lo que las pruebas que se realicen no reunen todas
las garanfias y no son aptas, por sí solas, para servir de prueba en el
procedimiento judicial.
Y por supuesto, hay que seguir adjuntando con detalle los síntomas.
En caso de comisión de una infracción, no es lo mismo que la infracción sea conducir por ejemplo, sin cinturón de seguridad que hacerlo haciendo zig zag por la via.
Saludos
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- ferreras
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estoy con el compañero Aqualung. De la misma manera que para denunciar administrativamente una alcoholemia positiva, debemos presentar las dos pruebas positivas, para imputar un delito las dos pruebas deberían superar el 0,60.
un saludo
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- pikina57
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Yo he entendido que un conductor sin síntomas, para imputarle el delito, ambas pruebas deben de dar + 0,60, con síntomas, creo que siempre imputación del delito.
Un saludo.
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- icaroverde
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LUIYI escribió: Este enlace fue enviado por el Compañero Gallego 29, al cual se agradece tal gentileza. El citado compañero nos envía el documento o Instrucción de la Fiscalia de Galicia, el cual nos saca de dudas a la hora de actuar con motivo de la reciente reforma.
Introducir las tres letras que piden, darle a descargar y esperar 45 segundos, luego ya se puede descargar el archivo.
Muchas fiscalias deberían de tomar nota de lo bien que se pronuncia esta y no de quedarnos con los huev"¦"¦. en el aire a expensas de una mala instrucción
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Queda muy claro. Muchas gracias LUIYI!
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- tarari2002
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Es probable que los letrados se agarren a esto para defender a sus acusados siempre que estén por debajo del margen de error. Y que los Jueces también lo van a tener en cuenta. Yo considero que tendríamos que realizar atestado a partir de 0:65, seguiremos esperando instrucciones al respecto. Esta pregunta se la tengo preparada para la reunión que dentro de unos días tendremos con el Fiscal de Seguridad Vial de nuestra Provincia.
Otra de las cosas que queda muy clarita en la Instrucción de la Fiscalía de Galicia es que la negativa siempre será delito.
Saludos.
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