Atropellos a peatones

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18 años 2 días antes #3726 por monta
Respuesta de monta sobre el tema Re: Atropellos a peatones
Comentarios sentencia farruquitos.

El ánimo del presente escrito no es polemizar con nadie, sino el intercambiar opiniones y puntos de vista que pueden ayudarnos a ser mejores en este ingrato mundo de los accidentes de tráfico.

Supongo, D. Luis López, que la Policía Local efectuaría un Atestado por accidente de tráfico en casco urbano con resultado de muerte, y que posteriormente la Guardia Civil en base a dicho atestado, etc, efectuaría un informe técnico pericial.

Tras la toma de declaración de testigos, e implicados parece claro que el conductor de un turismo marca BMW circulaba por una avenida dentro de casco urbano de Sevilla y rebasa semáforo en fase roja, sin poderse precisar cuántos metros existen entre dicho grupo de semáforos y el punto de atropello, algo que no entiendo cómo no se midió in situ en el lugar del accidente, y que posteriormente circulando por carril izquierdo de los dos que componen la avenida al percatarse del cruce de dos peatones por un paso peatones inicia una maniobra evasiva de frenada (sin marcas en la calzada) y de volantazo brusco hacia la izquierda según su sentido de la marcha, llegando a invadir sentido contrario de circulación con el objeto de intentar evitar el atropello. La velocidad de impacto la sitúa el Juez en 48 km / h, y tras el atropello del peatón en su hemicuerpo lado izquierdo el mismo fue proyectado hacia delante del turismo embistiente por 13.40 metros.

Hay muchos datos sobre cómo se dio con el autor del atropello, el tal farruquito, y quien quiera divertirse que lo lea, ya que parece de película de Torrente, con escuchas telefónicas de asuntos internos a policías nacionales, etc, y finalmente las mismas fueron declaradas ilegales en el juicio y se le pudo imponer una pena a farruquito ya que el mismo confesó finalmente su autoría y pagó la indemnización que marca la cobertura del seguro ante del juicio oral, lógicamente asesorado para reducir la presumible pena que se le podía imponer.

Respecto al cálculo de velocidad, el Juzgado al recibir el Atestado de la Policía Local de Sevilla, ( esto no lo sé seguro pero creo que es lo más normal) solicitó a instancias del Ministerio Fiscal una prueba pericial de cálculo de velocidad, junto la cual también se presentaron informes de la defensa y de la acusación particular. Si bien el Juzgado resalta que el informe de la Guardia Civil viene rodeada de mayor objetividad e imparcialidad y amparada por estudios técnicos y científicos.

En la sentencia se comenta que la Guardia Civil utilizó tres métodos para el cálculo de la velocidad de impacto; uno empírico basado en los cálculos de Appel, otro atendiendo a la velocidad teórica debida al vuelo del peatón con fase de vuelo únicamente y por el método de Searle (aunque creo que la sentencia por error transcribe dicho nombre como Secule).

Finalmente la sitúan en una velocidad mínima entre 48 y 60 km / h.

Tras aceptar dicha velocidad de atropello la Guardia Civil ante el hecho de que parece claro que hubo cambio de carril brusco tipo volantazo para evitar el atropello utiliza la velocidad crítica de derrape para verificar un tiempo determinado para dicha maniobra, argumentándose lógicamente que sí hubo percepción y tiempo necesario para que el conductor del turismo efectuara una maniobra de cambio de dirección y de frenada.

La maniobra de frenada se objetiviza por la dinámica del atropello consistente en una proyección del peatón, esto es, inicialmente hacia el capó del vehículo con sus pies por encima de su centro de gravedad y posterior proyección hacia delante ( salto mortal) de la marcha del BMW, con lo cual parece lógico que el turismo al frenar proyectó al peatón parte de su energía cinética al peatón. Así lógicamente la velocidad del turismo tuvo que ser superior a la de atropello, y que por ello hubo reacción tipo frenazo y volantazo hacia la izquierda. Hay diversos manuales que esta clase de atropello llamado de "Impulso mortal"

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