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POSITIVO SIN SINTOMAS IMPLICADO EN ACCIDENTE
- maancave
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17 años 10 meses antes #4039
por maancave
Respuesta de maancave sobre el tema Re: POSITIVO SIN SINTOMAS IMPLICADO EN ACCIDENTE
Saludos. Yo por mi parte no imputo a nadie un delito que no supere en ambas pruebas los 0,65, ya sea en control preventivo, infracción o accidente. A no ser que proceda aplicar el delito de CONDUCIR BAJO LA INFLUENCIA, en este caso la tasa si tendría que ser superior a la máxima permitida para el conductor en concreto. Cabe considerar que la influencia es sobre la capacidad de conducción del vehículo a motor, no tanto sobre los síntomas que presenta la persona cuando tomamos contacto con ella. Por tanto las manifestaciones de los agentes sobre la forma de conducir, la producción de accidente o la infracción cometida (no es lo mismo una conducción negligente que no hacer uso del cinturón de seguridad) son trascendentales para que la aplicación del delito prospere, si bién los síntomas externos son tenidos en cuenta por los tribunales aunque yo creo que en menor medida. Esto quiere decir que instruir diligencias por CONDUCIR BAJO LA INFLUENCIA en un control preventivo donde se procede a la parada del sometido de forma normal y el mismo no supera las tasas delictivas que indica el Codigo Penal, se antoja harto dificil, por muy cargada que valla la diligencias de síntomas externos.
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- delson
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17 años 10 meses antes #4041
por delson
Respuesta de delson sobre el tema Re: POSITIVO SIN SINTOMAS IMPLICADO EN ACCIDENTE
Aconsejo a algunos compañeros/usuarios de este foro que procedáis a leer los artículos del Código Penal que incumben a los D.C.S.V.
El conducir bajo la influencia de las bebidas alcohólicas no significa que se observe una conducción anómala, sino que el CONDUCTOR PRESENTE SINTOMAS EVIDENTES DE ENCONTRARSE BAJO LA INFLUENCIA DE LAS
BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y/O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES....Por regla general dicha merma en las facultades psicofísicas presentadas por
el conductor se "transmiten" en la conducción del vehículo, pero no necesariamente tiene que ser así, ya que como se sabe, este peligro es "abstracto", es decir, está ahí, y en cualquier momento se puede plasmar, ya sea por una infracción de tráfico o peor aún, a raíz de un accidente de tráfico.
Un saludo.
El conducir bajo la influencia de las bebidas alcohólicas no significa que se observe una conducción anómala, sino que el CONDUCTOR PRESENTE SINTOMAS EVIDENTES DE ENCONTRARSE BAJO LA INFLUENCIA DE LAS
BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y/O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES....Por regla general dicha merma en las facultades psicofísicas presentadas por
el conductor se "transmiten" en la conducción del vehículo, pero no necesariamente tiene que ser así, ya que como se sabe, este peligro es "abstracto", es decir, está ahí, y en cualquier momento se puede plasmar, ya sea por una infracción de tráfico o peor aún, a raíz de un accidente de tráfico.
Un saludo.
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- coav
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17 años 10 meses antes #4042
por coav
Respuesta de coav sobre el tema Re: POSITIVO SIN SINTOMAS IMPLICADO EN ACCIDENTE
Un saludo a todos/@
la pregunta esta clarísima, ¿comete delito un conductor implicado en accidente con tasa de 0.29?
En principio no, pero se tienen que ver todas las circunstancias del accidente y sera un juez digo yo, quien diga, si o no.
Pero contestando a si se deben instruir diligencias en este tipo de hechos, yo digo que no pasa nada por dar cuenta, o incluso, estamos obligados a dar cuenta.
Nosotros no imputamos a nadie nada, la función de imputar sera de la autoridad judicial, la nuestra es de poner en conocimiento unos hechos adeás de forma presunta.
Si lo pensamos bien, debemos dar cuenta, porque el no hacerlo si implica que estamoss tomando una decisión que no nos coresponde, y entonces si estamos tomando parte en el asunto.
Todos tenemos la intención de actuar cumpliendo todas las garantias, y normalmente cuando actuamos en ocasiones perdemos la objetividad al establecer como norma de funcionamiento lo que se hace normalmente y de vez en cuando debemos analizar la forma de actuar desde otros puntos de vista e incluso cuando estos sean contrarios a nuestra forma de proceder y analizarlos con objetividad.
Hasta otra
la pregunta esta clarísima, ¿comete delito un conductor implicado en accidente con tasa de 0.29?
En principio no, pero se tienen que ver todas las circunstancias del accidente y sera un juez digo yo, quien diga, si o no.
Pero contestando a si se deben instruir diligencias en este tipo de hechos, yo digo que no pasa nada por dar cuenta, o incluso, estamos obligados a dar cuenta.
Nosotros no imputamos a nadie nada, la función de imputar sera de la autoridad judicial, la nuestra es de poner en conocimiento unos hechos adeás de forma presunta.
Si lo pensamos bien, debemos dar cuenta, porque el no hacerlo si implica que estamoss tomando una decisión que no nos coresponde, y entonces si estamos tomando parte en el asunto.
Todos tenemos la intención de actuar cumpliendo todas las garantias, y normalmente cuando actuamos en ocasiones perdemos la objetividad al establecer como norma de funcionamiento lo que se hace normalmente y de vez en cuando debemos analizar la forma de actuar desde otros puntos de vista e incluso cuando estos sean contrarios a nuestra forma de proceder y analizarlos con objetividad.
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- serurbano
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17 años 9 meses antes #4081
por serurbano
Respuesta de serurbano sobre el tema Re: POSITIVO SIN SINTOMAS IMPLICADO EN ACCIDENTE
compañero, creo que ya te habran aclarado la duda seguro.
solo me gustaria hacer constar que segun tengo entendido, los aparatos metrologicos, tienen un margen de error del 7.5%,ahi va la pregunta, quien tiene establecidos los margenes de error el instituto nacional de metrologia o las diferentes marcas de aparatos metrologicos?
solo me gustaria hacer constar que segun tengo entendido, los aparatos metrologicos, tienen un margen de error del 7.5%,ahi va la pregunta, quien tiene establecidos los margenes de error el instituto nacional de metrologia o las diferentes marcas de aparatos metrologicos?
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