NO SOMETERSE A LA PRUEBA DE CONTRASTE.-

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17 años 7 meses antes #4280 por coav
Respuesta de coav sobre el tema Re: NO SOMETERSE A LA PRUEBA DE CONTRASTE.-
Me da a mi que la forma de realizar las pruebas, así como, en que consistiran las mismas, están reguladas e indican que consistiran en dos pruebas mediante aire espirado con etilómetro evidencial.

Un salud@

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17 años 7 meses antes #4281 por sid
Respuesta de sid sobre el tema Re: NO SOMETERSE A LA PRUEBA DE CONTRASTE.-
Con el título de NOTA SOBRE ACTUACIÓN POLICIAL EN CASO DE NEGATIVA A REALIZAR LA SEGUNDA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA,la Fiscalía Superior de la Comunidad Foral de Navarra a emitido un informe sobre el caso que nos ocupa y tras desarrollarlo indica en su apartado de Conclusión lo que transcribo seguidamente:

En virtud de lo expuesto y a través de la presente se informa a todas las policías con competencias en la persecución de delitos contra la seguridad vial que en los supuestos contemplados, es decir, persona que legalmente requerida para que practique la prueba de alcoholemia, accede a realizar la primera prueba pero se niega a la practica de la segunda, se le deberá imputar un delito de negativa a la realización de las pruebas de alcoholemia del art. 383 del CP, con las advertencias correspondientes y demás actuaciones que deben constatarse en el atestado, tal y como viene realizándose actualmente en los casos en que se le impute ese delito.

La Instrucción está firmada por el Fiscal Superior de la Comunidad Foral de Navarra, D. Javier Muñoz Cuesta, en fecha 17 de marzo de 2008.

Si alguien necesita la citada nota, que deje su email por aquí y se la envío, o si lo prefieren la remito a la Lista de intercambio de Información.

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