Conducir turismo teniendo únicamente Licencia ciclomotor...

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18 años 3 meses antes #3567 por tarari2002
1.Conductor con licencia de conducción que conduce un turismo, motocicleta o camión. DELITO

2.Conductor con permiso clase B que conduce un vehiculo que necesita el de la clase C, D. o E. NO ES DELITO. ES INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA, excepto cuando se conduzca un materias peligrosas o un transporte escolar

3.Conductor extracomunitario que conduce con permiso extracomunitario no canjeado y que por tiempo de residencia hubiera tenido que canjearlo. NO DELITO

4.Ese mismo conductor que teniendo permiso extracomunitario tenga en DGT una denegatoria de canje por cualquier tipo de causa. NO ES DELITO

Esto es lo estipulado mediante escrito por el Fiscal Jefe Coordinador de Seguridad Vial de mi Provincia. Como bien dicen algunos compañeros todo depende de la provincia por donde pase el conductor y lo pesquen.

Es una pena que después de la reunión mantenida en Madrid todos los fiscales de Seguridad Vial, tengan diferentes criterios de actuación. "Va a parecer esto una liga de fútbol de diferentes países"

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18 años 3 meses antes #3568 por montes181
Matizando mi respuesta anterior, y para información de los compañeros de Cataluña, decir que el SCT remitió nuevo comunicado en ese sentido en fechas recientes siendo el número del mismo el 6.08.

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18 años 3 meses antes #3569 por montes181

Fraycus escribió: Matizando mi respuesta anterior, y para información de los compañeros de Cataluña, decir que el SCT remitió nuevo comunicado en ese sentido en fechas recientes siendo el número del mismo el 6.08.

Bueno, pues realizadas gestiones hace unos momentos, decir que debo dar la razón a LUIGI, Mossos de tráfico trabaja en la linea que ha comentado este compañero, si bien corresponde a cada fiscalía la interpretación de la reforma (a falta de una directriz única de Fiscalía General del Estado). Así pues...a falta de instrucciones concretas que cada uno aplique lo que le dicte su sentido. Mamma mia!!

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18 años 3 meses antes #3571 por rhianon2005
Respuesta de rhianon2005 sobre el tema Re: Conducir turismo teniendo únicamente Licencia ciclomotor
buenas jovenes...veo que el temita tiene tarea.

Las instucciones que nos han dado, el fiscal de seguridad vial de la provincia de granada, es que conducir, cuando es necesario el carné tipo B o superiores, con licencia de conducir es delito.

Lo que se debería denunciar por J.P.T es el conducir un camión con carné tipo B o inferior. un saludo :D

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18 años 3 meses antes #3572 por rhianon2005
Respuesta de rhianon2005 sobre el tema Re: Conducir turismo teniendo únicamente Licencia ciclomotor
ah y lo de mercancias peligrosas y transporte escolar nada de delito..denuncia administrativa.

como veo cada fiscal lo interpreta a su antojo, suerte y al toro

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18 años 3 meses antes #3574 por montes181
Bueno, cada día hay una nueva novedad. Hoy hemos recibido nuevo comunicado del S.C. de Trí nsit en el que modifica su inicial criterio y en el que textualmente dice que basándose en nota del Fiscal de Sala Coordinadorde Seguridad Vial:

-Si es delito conducir un vehículo a motor y no disponer de permiso de conducir, independientemente de que sea titular o no de licencia de conducción.- También se consuma este delito si la persona conduce un ciclomotor sin disponer de licencia ni de permiso de conducción.

Disculpad por los numerosos mensajes pero hasta hoy en Cataluña no teniamos ninguna directriz judicial genérica en este sentido y se funcionaba a basa del criterio de cada fiscal de partido judicial.

Un abrazo

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